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Canitec revira a Telmex en portabilidad numérica

Inversión proporcional a la base de clientes, propone: 

* La Telefonía debe tener vigilancia especial 

* La firma Slim acapara el 95% del mercado 

La Cámara Nacional de la Industria de Televisión por Cable (CANITEC) consideró que el costo derivado de una portabilidad numérica debe ser proporcional al número de usuarios que tuene cada empresa. De esta forma, Teléfonos de México, como incumbente y poseedora de 95 % por ciento del mercado, será la que canalizará las mayores inversiones para establecer la modalidad. La Canitec añadió que conforme al modelo estadounidense ejemplificado por Telmex, en su opinión enviada a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), es esta telefónica la que incluso deberá ser objeto de una vigilancia especial por parte del órgano regulador. 

Telmex envió la semana pasada una opinión a la Cofemer en la que señala: “de ser condición necesaria, la potabilidad numérica para que las redes telefónicas puedan prestar los servicios de televisión y audio restringidos (inciso C, punto tercero del acuerdo), estas redes tienen que recuperar los costos asociados a su implantación, como ocurrió en Estados Unidos y en otros países”. 

Con esa base, la Cámara Nacional de la Industria de Televisión por Cable consideró que en Estados Unidos el regulador estableció lo siguiente: distribución de los costos asociados a la potabilidad numérica del servicio local; distribución de los costos asociados a la portabilidad numérica del servicio local; distribución compartida de los costos relacionados con la operación de bases de datos regionales: y la contribución se basa en el cociente de las utilidades totales de un operador individual entre las utilidades del total de los operadores. Según la Cámara Nacional de la Industria de Televisión por Cable, lo anterior se refiere a que la contribución de cada operador en los costos compartidos es proporcional a la participación de mercado que ostenta cada operador. Por tanto, dado que Telmex tiene más de 95 por ciento del mercado de telefonía local, deberá cubrir en esa proporción los costos asociados a la portabilidad numérica. Asimismo la Canitec explicó que derivado del mismo ejemplo utilizado por Telmex en cuanto a la recuperación de los costos por la portabilidad numérica del servicio local: a) El operador incumbente puede recuperar costos específicos de los usuarios finales mediante un cargo mensual por un período de cinco años. Este cargo debe ser establecido y vigilado por el regulador b) Los nuevos entrantes pueden recuperar los costos como ellos prefieran, siempre que sea dentro del marco legal. 

Estos nuevos entrantes no serán vigilados por la autoridad respecto de este punto. De lo anterior “se desprende que en Estados Unidos fue el incumbente el que se sujeto a especial vigilancia por parte del regulado respecto el cobro de las tarifas para la recuperación de las inversiones, no así los nuevos integrantes”, según la representación industrial . En este sentido, la Cámara Nacional de la Industria de Televisión por Cable solicitó a la autoridad sectorial, hace más de cinco meses, la integración de un grupo de trabajo sobre portabilidad numérica, a efecto de establecer los mecanismos apropiados para su implantación; sin embargo, a la fecha este grupo no ha sido instalado.

Envía SCT la MIR del Acuerdo de Convergencia a Cofemer

La Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT) envió a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) del anteproyecto sobre el Acuerdo de Convergencia para el triple play. La Cofemer tendrá 30 días hábiles para preparar su dictamen preliminar y, una vez emitido, la SCT estará en posibilidades de darle respuesta. Tras ello, tendrá cinco días hábiles adicionales para enviar un dictamen final, con lo cual se dará luz verde para la publicación del anteproyecto. La secretaria debió presentar la MIR a la Cofemer como parte de los procedimientos a fin de llegar a un Acuerdo de Convergencia. 

Mediante este acuerdo, las empresas de telefonía podrán ofrecer televisión y las compañías de televisión por cable brindar el servicio de telefonía, así como Internet a sus usuarios más conocido como triple play. La MIR es un instrumento que explica por qué es necesario regular, cómo se pretende regular y cuáles son los efectos de la regulación. Por otra parte, la Comisión Federal de Competencia (CFC) también deberá emitir su postura en torno al anteproyecto de convergencia, misma que deberá dirigir a la Cofemer, la cual se encuentra pendiente. Se espera que el Acuerdo de Convergencia entre en vigor este año, por lo que la MIR no representará un obstáculo. Luego de ello, las empresas interesadas en el triple play deberán cumplir con una serie de requisitos fijaos para evitar monopolios. Fuente: El Financiero, Negocios, Por José de Jesús Guadarrama