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Cofetel analiza conservar números telefónicos

La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) lanzó una consulta pública dirigida a los operadores e instancias interesadas en pronunciarse en torno a la portabilidad numérica.

En un comunicado, detalló que en la actualidad, cuando un usuario decide cambiar de proveedor de servicios de telefonía no puede conservar su número telefónico.

La implementación de la portabilidad numérica impediría que los suscriptores pierdan su número al seleccionar otra compañía, además de que es una medida que pretende beneficiar a los usuarios de los servicios de telefonía fija y móvil, y promover la competencia entre los concesionarios, indicó.

La Ley Federal de Telecomunicaciones, en su artículo 44, y las reglas de Servicio Local, establecen que los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán permitir la portabilidad numérica cuando a juicio de la autoridad, esto sea técnica y económicamente factible.

La Cofetel estima que la implementación de esta medida traerá importantes beneficios para los usuarios y los operadores, pues contribuirá a la promoción de la competencia en el mercado de las telecomunicaciones.

Asimismo, la Cofetel sugiere la creación de un Comité Técnico de Portabilidad, que en conjunto con la industria, tendrá la responsabilidad de definir las soluciones técnicas para implementar esta medida.

Las inversiones que cada concesionario de redes públicas de telecomunicaciones realice para efectuar la implementación y mantenimiento de los sistemas que permitan la portabilidad, correrán a cargo de cada uno de los operadores y se pretende que no trasladen dichos costos a los usuarios.

En México, puntualiza, se implementará la modalidad denominada “portabilidad a otro proveedor”, pues ésta es la más adecuada para nuestro país, dadas las condiciones del mercado; además esta comprobado que es la que genera mayores beneficios.

Bajo este esquema, la portabilidad numérica se podrá implementar entre los usuarios de los operadores del mismo servicio y dentro de la misma Area de Servicio Local (ASL), tal y como lo establece la regla tercera transitoria de las Reglas de Servicio Local.

Fuente: El Economista