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Cuestiona Cofetel propuesta de SCT

Atiende la comisión temas pendientes como interconexión e interoperabilidad, pero prefiere acogerse a la Ley de Telecomunicaciones

Distrito Federal  (1 septiembre 2006).- La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) cuestionó el Acuerdo de Convergencia emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), al considerarlo innecesario, con plazos imposibles de cumplir y que invade sus atribuciones.

Héctor Osuna, presidente del organismo, dijo que están de acuerdo con el espíritu del Acuerdo de Convergencia en el sentido de que las empresas de cable entren al mercado de la telefonía y las telefónicas en el negocio del video.

Sin embargo, aclaró que la Cofetel difiere de los plazos establecidos por la SCT y prefiere acogerse a lo que dice la Ley Federal de Telecomunicaciones y la de Procedimiento Administrativo.

«Todos los temas que están ahí (interconexión, interoperabilidad y portabilidad de número) los tenemos como obligación, lo que queremos es acogernos a la Ley en todo, incluyendo los plazos», aseguró.

La Cofetel argumenta que es imposible concretar un convenio de interconexión entre telefónicas y cableras en los 30 días posteriores a la publicación del documento en el Diario Oficial, así como elaborar una resolución para la portabilidad de número en el mismo plazo.

En un texto enviado a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), la Cofetel señala que el Acuerdo limita indebidamente su actuación en la eventual modificación del título de concesión de Telmex para que pueda entrar al mercado de la TV restringida.

«No resulta procedente que, mediante el Proyecto, se condicione y limite el alcance de la opinión que, en su caso, sea solicitada a la Cofetel en su momento», dice el texto.

Puntualizó que ese organismo es la única autoridad competente para opinar de manera amplia respecto del otorgamiento, modificación, prórroga y cesión de concesiones y para vigilar la interconexión de las redes de telecomunicaciones.

El Acuerdo de Convergencia propuesto por la SCT contempla la creación de un comité consultivo que vigile el cumplimiento de las condiciones de interconexión, interoperabilidad y además de la portabilidad de número, pero la Cofetel considera innecesaria la conformación de dicha instancia.

Consideró improcedente la firma de un Convenio Marco de Interconexión entre empresas de telefonía y televisión por cable, porque no cumpliría con criterios de transparencia y mejora regulatoria.

Y sobre la portabilidad de número opinó que se limita a solo algunas empresas (las de telefonía fija y compañías de cable) por lo que iniciará una consulta sobre las reglas que permitan a todos los usuarios del País apropiarse de su número telefónico.

La Cofetel abundó que el Acuerdo es innecesario porque la Ley de Telecomunicaciones es un instrumento que ya promueve la convergencia de servicios.

«Estimamos que la convergencia debe basarse en una simplificación y desregulación efectiva de trámites y procedimientos, no así en la emisión de regulación adicional», advirtió.

La Cofemer emitirá un dictamen final sobre el acuerdo el próximo martes, para que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: Reforma, Verónica Gascón