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Cumple plazos SCT en Convergencia

La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) recibió de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) el documento del Acuerdo de Convergencia, el cual permitirá a los usuarios acceder a los servicios de telefonía, internet y televisión a través de un mismo operador.

Jorge Álvarez Hoth, subsecretario de Comunicaciones de la SCT dijo que luego de haber enviado ayer el material, que incluye las opiniones de Comisión Federal de Competencia (CFC) y Cofemer, ésta última tendrá un plazo no mayor a cinco días hábiles para emitir su dictamen final, previo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

En conferencia de prensa, el funcionario destacó que la decisión de adherirse a este acuerdo refleja que ha «demostrado que sí representa una simplificación administrativa». Aseguró que con el aval de la CFC y de la Cofemer, «se despeja el camino» para que Telmex pueda entrar al mercado de la transmisión de video, siempre y cuando cumpla con las condiciones que se le impuso.

La dependencia afirmó que la modificación al titulo de concesión de Teléfonos de México se realizará posterior a la opinión favorable de la Cofetel respecto de la verificación del cumplimiento de las condiciones de portabilidad
numérica, interconexión, e interoperabilidad.

«Una vez que la Cofetel reciba de los concesionarios de telefonía local con restricciones para prestar el servicio adicional de video, la documentación para obtener su opinión favorable de cumplimiento deberá resolver lo procedente dentro de un plazo de 30 días naturales, contados a partir de la fecha en la que presentaron sus documentos», explicó. En caso de que la Comisión resuelva que no procede otorgar la opinión favorable de cumplimiento, deberá notificar a los concesionarios de aquellos requisitos que no se cumplieron, concediéndoles un pazo adicional de 15 días (naturales) para que los cumplan.

Beneficios al consumidor

Álvarez Hoth dijo que los beneficios del Acuerdo para el consumidor se traducirán en más opciones de los proveedores de servicio, una mayor cobertura y mejores precios. Aclaró que los concesionarios de telefonía local que tengan restricciones para prestar el servicio de televisión y audio restringidos se regirán por el artículo transitorio segundo que establece que las condiciones de portabilidad numérica, interconexión e interoperabilidad y que la CFC apoyó y con las que condicionó la entrada de Telmex al mercado de la trasmisión de video.

Además, explicó que con base en el artículo 44 de la Ley de Telecomunicaciones se deberán aplicar criterios o normas de contabilidad separada a fin de «evitar subsidios cruzados» entre la prestación del servicio de telefonía fija local y
del servicio de televisión y audio restringido».

Fuente: El Economista, Claudia Juárez Escalona