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La Guerra Fría de las telecomunicaciones

En México y América Latina se está dando una Guerra Fría de las Telecomunicaciones: la lucha entre Teléfonos de México y Telefónica de España. El asunto actual se entreteje entre los límites a la inversión extranjera en telecomunicaciones y la obligación de interconexión de redes.

La Ley de Inversión Extranjera (LIE) establece la figura de la inversión neutra, que en esencia permite la inversión extranjera a través de acciones especiales sin derecho a voto o con derechos corporativos limitados. La inversión neutra no cuenta para los límites de inversión extranjera. Antes de la LIE, la inversión neutra se permitió para que las sociedades que cotizaban en el mercado de valores obtuvieran recursos y financiamiento del extranjero, sin que con ello los accionistas mexicanos perdieran el control. Los beneficios de la inversión neutra no se extendían a la pequeña y mediana empresa ni a las demás sociedades, por lo que la LIE amplió esta figura a cualquier sociedad mexicana.

La Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) limita la inversión extranjera a 49 por ciento, excepto en servicio celular, que puede tener hasta 100 por ciento. Asimismo, la LFT obliga a que todo concesionario de redes públicas de telecomunicaciones interconecte las redes de otros concesionarios. La interconexión es el aspecto más importante para las telecomunicaciones en un mercado en competencia, sin una interconexión pronta y efectiva se elimina a los nuevos competidores.

Telefónica de España tiene una empresa afiliada denominada Grupo de Telecomunicaciones Mexicana (GTM), que cuenta con una concesión de telecomunicaciones y con inversión neutra. A decir de Telmex, GTM está violando la ley porque excede el límite de inversión extranjera permitido, por lo cual Telmex se niega a interconectar a GTM. Sin embargo, las autoridades han declarado a los medios que GTM cumple con la ley.

La disputa entre las partes parece debilitar el Estado. Ahora, el sector privado pretende subrogarse las funciones de verificación que corresponden a la autoridad. Así, en vez de cumplir con su obligación legal de interconectar a GTM, Telmex pretende convertirse en auxiliar de la Comisión Federal de Telecomunicaciones y de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras para supervisar el cumplimiento a la LIE. ¿Es posible dejar de cumplir una obligación legal porque otro no cumple con la ley? Porque si éste es el criterio, quizá la Comisión Federal de Electricidad podría argumentar que no le da a Telmex electricidad, porque Telmex está infringiendo la ley al no interconectar a GTM. ¿Dónde está el Estado para verificar si GTM y/o Telmex transgreden la ley?

En otros asuntos, la semana pasada la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT) presentó su postura al Senado dentro del análisis para las reformas a la legislación de telecomunicaciones, radio y televisión. Su asesor jurídico, Gerardo Soria, refirió que los legisladores no están obligados a acatar el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en que determinó la inconstitucionalidad de diversos preceptos de la Ley Televisa (Reforma). Difiero de este punto de vista, porque las resoluciones de la Corte como órgano garante de la Constitución requieren de todas las garantías de que serán acatadas. De otro modo, ¿qué caso tendría una Corte con funciones meramente declarativas y retóricas?

En el proceso de la Ley Televisa el gran perdedor fue el Congreso de la Unión, porque una y otra vez la Corte en su sentencia destacó que no habían aportado razones o argumentos que sustentaran las reformas. Por eso coincido en que las futuras reformas deben justificarse debida y racionalmente en la exposición de motivos y dictámenes, pero mucho más importante es que busquen el interés general y no el particular. De ahí que los legisladores deben tener como finalidad el interés público, aun cuando eso implique que la legislación sea sujeta a controversia o a diferencias con la industria.

Fuente: El Financiero, Rocío Hernández M., México