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Morosos, fuera de la portabilidad numérica

Sólo gozarán de este esquema quienes no tengan adeudo con su proveedor de servicio; para la instrumentación de la portabilidad del número, los clientes tampoco podrán cambiar de compañía si no han cumplido con los plazos establecidos en el contrato con el operador actual

Con la entrada en vigor de la portabilidad numérica en mayo próximo, los usuarios telefónicos podrán cambiarse de operador todas las veces que quieran y mantener su mismo número, pero si tienen adeudos con la empresa que les provee el servicio no podrán migrar a otra compañía hasta que liquiden ese saldo pendiente.

De acuerdo con los lineamientos propuestos por la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) para la instrumentación de la portabilidad del número, los clientes tampoco podrán cambiar de compañía si no han cumplido con los plazos establecidos en el contrato con el operador actual, o con el pago correspondiente por cancelación anticipada.

Con este esquema se deja en total libertad a los consumidores de que cambien de operador manteniendo su mismo número las veces que lo decidan, e incluso regresar al proveedor original, siempre y cuando no tengan ningún compromiso por cumplir con la telefónica que quieren dejar.

La portabilidad no aplicará para quien cambie de área local. Es decir, si un usuario se muda a otra ciudad dentro del país no le será posible conservar su mismo número.

Tampoco se podrá portar el número telefónico de una línea fija a otra móvil, o viceversa, sino sólo entre compañías de telefonía fija y entre proveedores de telefonía móvil.

En ningún caso las telefónicas podrán cobrar a los clientes que quieran la portación de su número, pues tanto las inversiones que haya que realizar para adecuar la infraestructura, como los costos del cambio, tendrán que ser absorbidos por los concesionarios.

Asimismo, la Cofetel descartó la posibilidad de que se instrumenten cargos ocultos por parte de los operadores, pues esto inhibirá a los consumidores a elegir los servicios de aquella empresa que haga algún tipo de cobro.

Actualmente se realiza un proceso de consulta pública para instrumentar la portabilidad, la cual será fundamental para la competencia, sobre todo cuando los operadores de televisión por cable ya puedan dar servicios de telefonía, lo que también sucederá en 2007.

Opinará CFC

La Comisión Federal de Competencia (CFC) tendrá que emitir una opinión sobre las condiciones en las que se aplicará la portabilidad del número, debido a que con el fin de retener o atraer a los clientes, las telefónicas pueden incurrir en prácticas anticompetitivas.

En este sentido, la propia Cofetel prevé en los lineamientos generales de la portabilidad, que para garantizar que la telefónica donadora, es decir, la cual abandonará el usuario, no incurra en retrasos injustificados o prácticas anticompetitivas, como ya sucedió en otros países, se establecerá un plazo máximo de 10 días hábiles para que se realice el proceso de portar el número telefónico a partir de que el usuario lo solicite.

En este periodo, el concesionario donador estará impedido para tratar de convencer a su cliente de que no se vaya a otra compañía.

Por otra parte, se determinarán parámetros mínimos de calidad en el proceso de portabilidad, con el fin de que los retrasos en la conexión de la llamada sean mínimos y deque el número portado funcione correctamente.

Ante esto, la Cofetel exigirá que el periodo sin servicio no exceda de 30 minutos en 95% de los casos, y que ninguno supere 120 minutos.

Fuente: El Universal, Angelina Mejía Guerrero