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Protección contra el telemarketing

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publicó ayer, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el acuerdo por el que se establecen las reglas de operación y funcionamiento del Registro Público de Consumidores.

El consumidor podrá inscribir su número telefónico en dicho registro para protegerse contra la recepción de llamadas con fines mercadológicos o publicitarios que suelen resultar molestas.

Antes de realizar una llamada con fines mercadológicos, los proveedores y las empresas que utilicen información sobre los consumidores para enviar publicidad deberán antes verificar que el nombre de la persona en cuestión no se encuentre en esta base de datos.

El registro surge como un mecanismo sujeto a la Ley Federal de Protección al Consumidor, misma que establece otros derechos en favor de los consumidores, relacionados con la materia publicitaria, como el derecho a no ser molestado en su domicilio, lugar de trabajo, dirección electrónica o por cualquier otro medio.

Cómo funcionará

«En nuestro país ha aumentado la actividad de los vendedores por teléfono (telemercadeo), lo que incrementa las molestias y violación a la privacidad de los consumidores que no desean recibir publicidad», refiere la Profeco en el DOF.

Los consumidores podrán realizar la solicitud de inscripción marcando desde el número telefónico que se pretenda inscribir, al número telefónico designado por la Procuraduría para este fin.

Dicha inscripción se podrá realizar en cualquier momento, todos los días del año, además ésta no tendrá ningún costo, al igual que la cancelación del servicio cuando se requiera.

Cuando por problemas técnicos el número del que se está llamando no pueda grabarse, será necesario que el usuario envíe por fax el recibo telefónico del último mes, relativo al número telefónico que solicita inscribir.

De acuerdo con la Profeco, la vigencia de la inscripción de un número telefónico en el Registro Público de Consumidores será de tres años, contados a partir del día hábil siguiente en que surta efecto la inscripción del mismo.

Los proveedores podrán consultar el registro de los números, mediante el pago de una cuota, misma que será variable según el listado de números que deseen consultar y por región.

Fuente: El Economista, México