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Respiro a Telmex por pago de contraprestación

No encuentra Cofetel fundamento legal «ni base fiscal» para el cobroEnvía su «dictamen definitivo» a la CIDResultado, en manos de Hacienda

 
La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) determinó que no existe fundamento legal, con base en la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT), «ni base fiscal» para cobrar una contraprestación a Teléfonos de México (Telmex) para que le sea modificado su título de concesión.

Fuentes de la Cofetel explicaron que lo anterior ya fue notificado a la Comisión Intersecretarial de Desincorporación (CID) no sólo mediante una carta, sino con «el dictamen definitivo» de la Cofetel.

La Cofetel ya entregó su dictamen y corresponde a la CID informarle si ellos, a su vez, encontraron argumentos fiscales y/o contractuales. Únicamente en el caso de que la CID encuentre argumentos en los contratos de privatización «creemos que sería posible exigir un pago».

Es en este último escenario que la Cofetel se declaró no competente para determinar tal cobro a Telmex por eliminar las restricciones que la empresa tiene para ofrecer servicios de video.

De esta forma, el pleno de la Cofetel reiteró la petición a la CID de que «corresponde a dicha dependencia determinar si se debe fijar el cobro de una contraprestación a Telmex por la modificación a su título de concesión»; y que «en caso de que considere procedente ese pago informe a esta comisión, a la brevedad posible, el monto del beneficio económico en cuestión».

Las fuentes aseguraron que «no existe presión alguna de Telmex» para que se resuelva el caso, pero reconocieron que la definición de si habrá o no que cobrarle una contraprestación, así como el cumplimiento de las condiciones impuestas por la Comisión Federal de Competencia (CFC) a la telefónica para participar en el mercado de video, son factores importantes para avanzar en la meta del presidente Felipe Calderón de «convergencia plena».

La Cofetel reconoce que necesariamente deberá ser la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la CID las que determinen si existe el fundamento legal, «pero con base en los contratos de privatización de la telefónica» para solicitar un pago y determinar el monto.

La Cofetel informó que «el concepto de beneficio económico a que se refirió el exsecretario de Hacienda (Francisco Gil Díaz) en los oficios enviados a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria durante el proceso de consulta relativo al Acuerdo de Convergencia, no estaba fundamentado en la legislación en materia de telecomunicaciones, sino en consideraciones relativas al procedimiento de privatización».

Recientemente el empresario Carlos Slim, el tercer multimillonario del mundo, aseguró que las restricciones impuestas a Telmex para no participar en el mercado de video no redujeron el precio que se pagó por la privatización de la compañía.

Por su parte, Gil Díaz, ya en su calidad de nuevo presidente de Telefónica Móviles México, hace unas semanas declinó hacer nuevos comentarios sobre el tema.

Fuente: El Financiero, México