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Tarifa única para la portabilidad: Telmex

La compañía propone que la cuota sirva para recuperar las inversiones en infraestructura por la adecuación; la cuota sería pagada por el proveedor con el que se cambiará el usuario (la empresa receptora) a la compañía que deja el suscriptor (la empresa donante)

Teléfonos de México (Telmex) consideró que al implementar el sistema de portabilidad, por el cual los usuarios pueden mantener su mismo número telefónico aunque se cambien de empresa telefónica, se debe fijar una tarifa determinada por cada número portado.

Al hacer sus comentarios a la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) sobre los «lineamientos de la portabilidad» propuestos por este órgano regulador, Telmex indicó que esta tarifa debe ser aplicable el tiempo necesario para recuperar totalmente las inversiones hechas para hacer posible la portabilidad.

La cuota sería pagada por el proveedor con el que se cambiará el usuario (la empresa receptora) a la compañía que deja el suscriptor (la empresa donante) y estará basada en el monto de las inversiones que cada operador haya hecho en su red y dividida entre el total de números portados por año, agregó la empresa de Carlos Slim.

Propuso que en el primer año se tome en cuenta una estimación con base en experiencias en otros países al instrumentarse la portabilidad.

«Esta tarifa no podrá ser menor que un múltiplo de veces la renta mensual del servicio básico registrada ante la Comisión», sostuvo.

En su propuesta, la Cofetel señala que cada proveedor deberá absorber las inversiones en que incurra para la implementación de la portabilidad y que en ningún caso se deberá hacer cargo alguno al usuario para la recuperación de dichas inversiones.

La principal telefónica del país destacó que es correcto que cada proveedor de servicios haga las inversiones de su propia red, pero no debe impedirse que haya una recuperación de éstas mediante una tarifa por número portado, aunque no especificó si tendría que cargarse al cliente.

Incluso, sugirió la modificación de uno de los lineamientos de la Cofetel con el fin de establecer la obligación a la empresa receptora a pagarle esta tarifa al proveedor donante.

En una sola fase

Telmex sugirió que la fecha de inicio de la portabilidad debe ser 270 días después de la entrada en vigor del Acuerdo de Convergencia, el cual fue publicado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y en el que se establecen las reglas para que los operadores de televisión por cable ofrezcan servicios de voz y las telefónicas den video.

También rechazó la propuesta de la Cofetel de establecer la portabilidad en dos fases, por lo que sugirió eliminar la opción del método de reenvío de llamadas (que es la primera etapa planteada por Cofetel) por ser «ineficiente», y consideró que sólo debe hacerse mediante la Consulta a Base de Datos.

Telmex dijo que es necesario precisar en los lineamientos que solamente el titular de los contratos de servicio es el que puede solicitar la portabilidad, «ya que se le causaría un daño si un tercero sin autorización le hace perder derechos y beneficios o le provoca volver a pagar la instalación o gastos de suscripción».

Por otra parte, Telmex dijo que es necesario aclarar que la portabilidad numérica no afectará el contrato que tenga el usuario con un proveedor de larga distancia, por lo que es posible que se cambie de empresa de telefonía local, se lleve su número y que mantenga los servicios del operador de larga distancia que tenía.

Ante esto, si el usuario quiere también cambiar de operador de larga distancia, será necesario hacer otro trámite para este nuevo contrato.

Fuente: El Universal, Angelina Mejía Guerrero