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Second Life, ¿nuevas reglas para Internet?

Quienes aseguraban que Internet supondría un novedoso entorno social y de negocios, que impondría realidades desafiantes a las reglas jurídicas tradicionales, pueden concluir que tenían razón. Hoy, a más de 15 años del surgimiento de este exponencial medio de comunicación, los ejemplos de situaciones que tensan los límites y plantean nuevas realidades se intensifican de manera crónica.

En materia de régimen legal de propiedad de marcas, la problemática surgió en tres claras vertientes; por una parte, en el plano de la asignación de nombres de dominio, dando lugar a un complejo y descontrolado mecanismo que permitió el secuestro de múltiples marcas famosas. Ante la ausencia de reglas y claridad, marcas renombradas registradas por terceros como nombres de dominio, fueron traficadas a precios escandalosos. Sin embargo, desde hace diez años la situación ha entrado en una fase de control, al definirse la prevalencia de los derechos de marca sobre los nombres de dominio, y al haber la OMPI dotado a los titulares de marcas de procedimientos de arbitraje de bajo costo, facilitando la relativamente expedita reversión de derechos.

Una segunda vertiente de cuestionamientos de Propiedad Intelectual en Internet surgió de la utilización extraterritorial de marcas al influjo de la virtualidad electrónica de la red. La explosión del comercio electrónico y la multipresencia de marcas conforma un escenario que ha obligado a redefinir el concepto de «uso» de signos distintivos, pero sus efectos se han dado más en ajustes estratégicos de cobertura anticipada de derechos por parte de las empresas, que en la promulgación de textos normativos.

En esta misma línea, las facilidades instrumentales que la red otorga han fomentado una serie de formas de uso ilegal de marcas que se inscriben en el amplio campo de la disciplina de la competencia desleal. Entre otros, la utilización de marcas como links para vincular sitios de Internet, o más recientemente, los casos en que un competidor utiliza marcas ajenas como descriptores para posicionar su propio sitio en los buscadores, como es el caso de los llamados «enlaces patrocinados» que gestionan Google y Yahoo. En todos estos casos, claras maniobras para confundir a los consumidores y beneficiarse del esfuerzo ajeno desviando a la clientela. Hasta este momento, podríamos decir, las viejas reglas se acomodaban con relativa plasticidad a los nuevos escenarios.

Sin embargo, el reto que ahora presentan proyectos tan inverosímiles y extraordinarios, como Second Life, en materia de marcas, desbordan la imaginación y las reglas conocidas, abriendo nuevos horizontes de legislación que tendrá que diseñarse «a la medida de Internet». Hasta ahora, cuando se sancionaba por ilegal el uso de marcas, se invocaba como constante el empleo de la misma para distinguir productos o servicios «falsificados», o al menos la pérdida de distintividad por vía de su dilución. Estos conceptos, sin embargo, no parecen aplicables en Second Life, donde la virtualidad parece haber destruido sus anclas con la realidad, formando un verdadero mundo paralelo.

Un universo alterno en el que, eso sí, el estatus, el prestigio y los valores de las marcas siguen presentes y actuantes, para gozo y regocijo de los avatares que las portan e invocan. La pregunta es simple al reducirse a esta básica ecuación: ¿la apertura de un establecimiento comercial virtual en Second Life, bajo una marca conocida del mundo real, viola los derechos de marca de su legítimo titular? Las interrogantes de éste podrían llenar una plana completa. Tiempo de imaginar.

Fuente: El Financiero, Mauricio Jalife Daher, México